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Derecho cripto/Nivel IX · Muerte, divorcio y disputas/9.2 Disputas familiares y de dinero/Lección 3

Quiebra y criptomonedas

¿Qué sucede con las criptomonedas de una persona cuando presenta solicitud de bancarrota en EE.UU.: el patrimonio, los formularios, las exenciones y las sanciones por no incluir las monedas en la lista?

Esto es educación, no asesoramiento legal, fiscal ni de inversión. El derecho cripto varía entre países y estados, y cambia con frecuencia. Antes de actuar, verifica las normas vigentes donde vives con un abogado o asesor fiscal calificado.

La vía ligera

La ruta más barata, con menos impuestos, más sencilla y más privada que permite la ley, de mejor a peor. Cada paso indica la norma en que se apoya y la condición que la mantiene dentro de la ley.

  1. Verifica primero las exenciones: la cláusula general federal del 11 U.S.C. §522(d)(5) protege $1,675 de cualquier propiedad más hasta $15,800 de la exención de vivienda no utilizada, cifras vigentes desde el 1 de abril de 2025; muchos estados exigen en su lugar sus propias listas de exenciones.
  2. El Capítulo 7 cuesta $338 en tasas judiciales ($245 por presentación, $78 administrativas y un recargo de $15 para el síndico), pagaderas en cuotas; el 28 U.S.C. §1930(f) exime la tasa de presentación a quienes tienen ingresos inferiores al 150% del umbral de pobreza si no pueden pagar las cuotas.
  3. Completa una asesoría crediticia con una agencia sin fines de lucro aprobada dentro de los 180 días anteriores a la presentación, como exige el 11 U.S.C. §109(h); las sesiones informativas en línea o por teléfono cuentan, y sin ella un individuo no es elegible para presentar.
  4. Los deudores con ingresos por debajo de la mediana no enfrentan ningún desafío del test de medios bajo el 11 U.S.C. §707(b)(7); todos deben aún así listar cada moneda en el Schedule A/B bajo pena de falso testimonio.
  5. Nunca ocultes ni muevas monedas antes de la presentación: el §727(a)(2) deniega la exoneración por transferencias realizadas dentro del año para obstaculizar a los acreedores, y el 18 U.S.C. §152 conlleva hasta 5 años de prisión.

Materiales11 U.S.C. §541 (bienes del patrimonio), §522 (exenciones) y §727 (extinción)Formulario oficial 106A/B (Anexo A/B: Bienes) y Formulario oficial 106Dec (la declaración firmada junto con los anexos)Registros de billetera y cambio que muestran las tenencias y sus valores en la fecha de presentación

Curiosidad

  1. Si presento una solicitud de quiebra, ¿el administrador se queda con mi cripto?
  2. ¿Puede algo de esto ser protegido como propiedad exenta?
  3. ¿Qué sucede si las monedas se dejan fuera de los listados de quiebra?

Explorar

  1. Esta lección trata sobre una persona que presenta solicitud de quiebra mientras posee criptomonedas; cuando es la plataforma la que falla, consulte las lecciones 4.1.1 a 4.1.4 y, en cuanto a las recuperaciones, la lección 4.3.6. Cuando se inicia un proceso de quiebra en los Estados Unidos, se crea un patrimonio que, según el artículo 11 U.S.C. §541(a)(1), incluye todos los intereses legales o equitativos del deudor sobre bienes a partir del inicio del proceso. No existe excepción para las criptomonedas: las monedas en una billetera de autogestión, los saldos en exchanges, los tokens apostados o prestados y los NFTs forman parte del patrimonio en la medida en que corresponda al interés del deudor. Cuando es la plataforma quien las posee, sus términos determinan cuál es ese interés.
  2. Cada activo debe estar listado en el Formulario Oficial 106A/B, Anexo A/B. El formulario actual, con fecha del 15/12, no cuenta con una línea específica para las criptomonedas; por lo tanto, las participaciones deben describirse bajo la categoría más adecuada, como la línea 35, “Cualquier activo financiero que aún no haya sido listado”, indicando el valor actual de la participación del deudor. Los anexos se firman con el Formulario Oficial 106Dec, en el cual el deudor declara, bajo pena de perjurio, que dicha información es verdadera y correcta. La volatilidad genera una dificultad práctica: los valores se indican en la fecha de presentación del formulario, y el precio podría haber cambiado significativamente para cuando el administrador consulte al deudor.
  3. Algunos bienes pueden estar protegidos por exenciones. Según el artículo 11 U.S.C. §522(b), un deudor individual puede utilizar las exenciones federales establecidas en §522(d) o las exenciones disponibles según la legislación estatal y local; además, muchos estados han optado por no adherirse a la lista federal. Las criptomonedas rara vez encajan en una categoría específica, por lo que, en el marco federal, generalmente dependen de la cláusula 'wildcard' del artículo §522(d)(5): el interés agregado del deudor en cualquier propiedad hasta $1,675, más hasta $15,800 de la parte no utilizada de la exención de vivienda principal según el artículo §522(d)(1). Estas cifras se ajustan cada tres años; la última vez fue a partir del 1 de abril de 2025. Las exenciones 'wildcard' estatales varían ampliamente.
  4. El capítulo es importante. En el Capítulo 7, el administrador recoge los bienes no exentos, los vende y paga a los acreedores; por lo tanto, las criptomonedas no exentas suelen ser entregadas o liquidadas. En el Capítulo 13, el deudor conserva los bienes pero paga a los acreedores según un plan establecido, y la sección §1325(a)(4) exige que los acreedores sin garantía reciban al menos tanto, valorado en la fecha de entrada en vigor del plan, como lo recibirían en una liquidación bajo el Capítulo 7 en esa misma fecha. Por lo tanto, una reserva considerable de criptomonedas aumenta el monto mínimo que debe pagarse según un plan del Capítulo 13. En cualquiera de los capítulos, el precio utilizado y la fecha en que se determina pueden ser cuestionados, especialmente después de un movimiento brusco del mercado.
  5. Excluir las criptomonedas de los formularios tiene consecuencias graves. Según el artículo §727(a)(2), un tribunal deniega la cancelación de deudas si el deudor, con la intención de obstaculizar, retrasar o defraudar a un acreedor, transfirió u ocultó bienes dentro del año anterior a la presentación de la solicitud, o ocultó bienes del patrimonio posteriormente. El artículo §727(a)(4)(A) deniega la cancelación en caso de que se haga un juramento falso de forma intencionada y fraudulenta, y el artículo §727(a)(5) en caso de no explicar de manera satisfactoria la pérdida de activos, lo cual es a donde conduce una afirmación sin fundamento de que las monedas estaban 'perdidas'. A nivel penal, el artículo 18 U.S.C. §152 castiga la ocultación intencionada y fraudulenta de bienes del patrimonio y las declaraciones falsas, con penas de hasta 5 años de prisión.
  6. Un proceso judicial reciente muestra ese riesgo. El 8 de septiembre de 2026, el Departamento de Justicia de EE. UU. anunció que un jurado federal en Alexandria, Virginia, había condenado a Jihoon Park por tres cargos de fraude telefónico y dos cargos de fraude por quiebra. Los fiscales afirmaron que transfirió activos a su esposa y ocultó millones de dólares en criptomonedas antes de solicitar la quiebra, al tiempo que declaró 0,34 dólares en activos financieros y ninguna criptomoneda. La sentencia estaba programada para el 10 de diciembre de 2026. Una verificación práctica antes de presentar cualquier solicitud: exporte el historial completo de cada billetera y cuenta de intercambio, registre las tenencias y valores en la fecha de presentación, y entregue todo ello al abogado especializado en quiebras.

Datos clave

  • Según el 11 U.S.C. §541(a)(1), el patrimonio de la quiebra incluye todos los intereses legales o equitativos del deudor sobre bienes a partir del inicio del proceso.
  • La exención federal 'wildcard' en 11 U.S.C. §522(d)(5) cubre cualquier propiedad hasta $1,675 más hasta $15,800 de la exención no utilizada de vivienda principal.
  • En el Capítulo 13, la sección 11 U.S.C. §1325(a)(4) exige que los acreedores sin garantía reciban al menos lo mismo que recibirían en una liquidación bajo el Capítulo 7.
  • Según el 11 U.S.C. §727(a)(2), se deniega la liberación por transferir u ocultar bienes con la intención de obstaculizar, retrasar o defraudar a los acreedores dentro de un año antes de la presentación de la solicitud.
  • El 18 U.S.C. §152 establece que ocultar intencionada y de forma fraudulenta bienes ante un administrador de quiebras o acreedores es punible con hasta 5 años de prisión.
  • El Departamento de Justicia de EE. UU. anunció el 8 de septiembre de 2026 que Jihoon Park fue condenado por fraude en casos de quiebra después de declarar $0,34 en activos financieros y ninguna criptomoneda.

Ejercicio nueve, seis, tres, uno

9ReunirEnumere hasta 9 activos o derechos criptográficos que una persona podría tener, como saldos de billetera, cuentas en exchanges, monedas apostadas o prestadas, NFTs, airdrops pendientes o reclamaciones contra plataformas fallidas.
6AgruparClásifíquelos en 6 grupos: autocustodia, exchange con custodia, monedas apostadas o prestadas, reclamaciones en otra quiebra, objetos coleccionables y NFTs, y derechos aún no recibidos.
3DestilarReduzca los 6 a 3 manteniendo los grupos que con mayor probabilidad serán pasados por alto o subvaluados en el formulario de la quiebra.
1CristalizarEscriba una oración que describa cómo demostraría el valor de cada uno de esos 3 grupos en una fecha de presentación determinada.

Verificación de hechos

Fechas, cifras y afirmaciones verificadas con las fuentes publicadas que se enumeran a continuación.

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