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Derecho de fideicomisos/Nivel V · Impuestos y legado/5.1 Impuesto sobre sucesiones y donaciones/Lección 7

El fideicomiso Clifford y la historia del traslado de ingresos

Cómo Helvering v. Clifford, los fideicomisos de 10 años que siguieron y la Ley de Reforma Tributaria de 1986 dieron forma a las normas sobre fideicomisos otorgados en Estados Unidos.

Esto es educación, no asesoramiento legal. El derecho de fideicomisos varía de país a país y de estado a estado, y la estructura adecuada depende de tu situación. Todo lo que firmes debe ser redactado o revisado por un abogado cualificado en el lugar donde resides.

La vía ligera

La ruta más barata, con menos impuestos, más sencilla y más privada que permite la ley, de mejor a peor. Cada paso indica la norma en que se apoya y la condición que la mantiene dentro de la ley.

  1. Un fideicomiso de reversión a corto plazo ya no transfiere los ingresos: para las transferencias posteriores al 1 de marzo de 1986, una reversión cuyo valor supere el 5 % convierte al fiduciante en propietario (IRC §673); el equivalente lícito es un donativo perfeccionado sin reversión, que también saca del patrimonio los incrementos futuros.
  2. Pagar a un hijo un salario real por trabajo real transfiere ingresos de forma lícita: un menor de 18 años en una empresa individual de su padre o madre no debe impuestos de Seguro Social ni Medicare, y la deducción estándar de 2026 para un dependiente es el ingreso ganado más $450, hasta un máximo de $16.100; documente una remuneración razonable.
  3. El ingreso ganado también permite a un hijo financiar una IRA, incluida una Roth IRA, por el menor entre los ingresos obtenidos o $7.500 en 2026; el impuesto infantil (kiddie tax) sigue gravando los ingresos no ganados del hijo que superen los $2.700 a la tasa de los padres (IRC §1(g)).
  4. Donar activos con plusvalía a un hijo adulto mayor de la edad sujeta al impuesto infantil permite al hijo vender en el tramo de ganancias de capital a largo plazo del 0 %, hasta $49.450 de ingresos tributables de 2026 si es soltero; el impuesto infantil alcanza a algunos dependientes menores de 24 años, y las donaciones superiores a $19.000 requieren la Formulario 709.

MaterialesEl texto de los artículos 671–679 del IRC, las normas sobre fideicomisos del otorgante, disponible en law.cornell.eduLa opinión de la Corte Suprema en Helvering v. Clifford, 309 U.S. 331 (1940)El texto del IRC §673 y el IRC §1(g), con las notas sobre las enmiendas de 1986

Curiosidad

  1. ¿Por qué un fideicomiso de 5 años en favor de la esposa llevó a la Corte Suprema a gravar sus ingresos al esposo que lo creó?
  2. ¿En qué difiere el ‘impuesto infantil’ de la norma que puso fin al fideicomiso Clifford?
  3. ¿Qué poderes reservados hacen que una fiducia sea una fiducia del otorgante en la actualidad?

Explorar

  1. Helvering v. Clifford, 309 U.S. 331 (1940), surgió a raíz de un fideicomiso creado en 1934. El contribuyente se declaró administrador de valores durante 5 años; los ingresos netos se pagaban a su esposa y los bienes le eran devueltos al final del período. Como administrador, tenía un amplio control: podía votar sobre las acciones, venderlas o prenderlas y invertir como quisiera. La Corte Suprema dictaminó que, a efectos del impuesto sobre la renta, según el §22(a) de la Ley de Ingresos de 1934, él seguía siendo el propietario, por lo que los ingresos del fideicomiso se gravaban a su nombre.
  2. Clifford no estableció una prueba fija, por lo que el Tesoro emitió regulaciones al respecto, conocidas como las regulaciones Clifford, sobre cuándo se debería gravar al otorgante como propietario. Posteriormente, el Congreso incluyó las normas relativas a los fideicomisos de otorgante en el Código de Impuestos Internos de 1954. Una de estas normas, en el §673, consideraba al otorgante como propietario si los bienes o ingresos del fideicomiso volverían, o razonablemente se podía esperar que volvieran, al otorgante dentro de 10 años. Por lo tanto, un fideicomiso que durara más de 10 años podría tener sus ingresos gravados a favor del beneficiario, incluso si los bienes regresaban posteriormente.
  3. Los asesores utilizaron esta regla durante décadas. Un fideicomiso de reversión a corto plazo, a menudo llamado fideicomiso Clifford o fideicomiso de 10 años, pagaba ingresos a un hijo u otro pariente que se encontrara en una categoría impositiva más baja durante algo más de 10 años, y luego devolvía la propiedad al otorgante. Los ingresos se gravaban con la tasa más baja del beneficiario, y el otorgante recuperaba la propiedad posteriormente. Este arreglo solo funcionaba si el otorgante no tenía ningún otro interés o poder que las normas de los fideicomisos consideraran como titularidad, como por ejemplo el control sobre quién se beneficiaba.
  4. La Ley de Reforma Tributaria de 1986 puso fin a esto. Para las transferencias en fideicomiso realizadas después del 1 de marzo de 1986, el artículo 673 considera al otorgante como propietario de cualquier porción de un fideicomiso en la que dicho otorgante tenga un interés de reversión cuyo valor supere el 5% de dicha porción en el momento de su creación. Se hace una excepción para los casos en que el beneficiario, descendiente directo, fallezca antes de los 21 años; ya que un interés de reversión que entra en vigor después de unos 10 años tiene un valor mucho mayor al 5%. Por ello, el fideicomiso clásico de Clifford dejó de servir para transferir ingresos a nuevos fideicomisos.
  5. La misma ley introdujo el “impuesto infantil” (IRC §1(g)). También cerró otra vía: la de ceder bienes directamente a un menor para que los ingresos por inversiones fueran gravados con la tasa más baja aplicable al menor. Cuando se promulgó por primera vez, los ingresos no derivados del trabajo de un menor de 14 años que superaban un umbral determinado eran gravados con la tasa del padre o madre. A diferencia de §673, este artículo tiene en cuenta la edad del menor y el tipo de ingreso, y no los términos del fideicomiso ni las disposiciones relativas a su devolución posterior. Desde entonces, el Congreso ha elevado los límites de edad y modificado las tasas; por lo tanto, es necesario consultar las normas correspondientes al año en cuestión.
  6. Las normas actuales sobre los fideicomisos del otorgante, los artículos 671–679 del IRC, reflejan esta historia. Imponen un impuesto al otorgante por los ingresos del fideicomiso cuando este conserva ciertos intereses o poderes: por ejemplo, una renta residual cuyo valor supere el 5% (§673), el poder de controlar quién se beneficia (§674), ciertos poderes administrativos como tomar préstamos sin un interés o garantía adecuados, o readquirir bienes del fideicomiso sustituyéndolos por activos de igual valor (§675), el poder de revocar algo (§676) o el derecho a recibir ingresos (§677). Actualmente, los planificadores a veces crean intencionadamente un estatus de otorgante (lección 5.1.5).

Datos clave

  • Helvering v. Clifford, 309 U.S. 331 (1940), gravó al otorgante con impuestos sobre los ingresos de un fideicomiso de 5 años en beneficio de su esposa, ya que mantuvo un amplio control como fiduciario.
  • Desde el Código de 1954 hasta 1986, el artículo 673 permitía que un fideicomiso con una duración superior a 10 años transfiriera los ingresos al beneficiario, aun cuando la propiedad volviera posteriormente al otorgante.
  • Para las transferencias en fideicomiso después del 1 de marzo de 1986, el artículo 673 considera al otorgante como propietario si un interés de reversión vale más del 5% al inicio del fideicomiso (Ley de Reforma Tributaria de 1986).
  • La Ley de Reforma Tributaria de 1986 también creó el ‘impuesto infantil’ (IRC §1(g)), que originalmente gravaba los ingresos no derivados del trabajo de menores de 14 años por encima de un umbral, aplicando la tasa del padre o madre.
  • Los artículos IRC §§671–679 definen las normas modernas para determinar cuándo un fideicomiso se considera un fideicomiso otorgante a efectos del impuesto sobre la renta federal.
  • Un interés de reversión es el derecho de que los activos del fideicomiso vuelvan al constituyente después de un período o evento especificado.

Ejercicio nueve, seis, tres, uno

9ReunirEnumere hasta 9 características de un fideicomiso sobre el que está leyendo, histórico o moderno (algunas listas son más cortas), como su plazo, quién recibe los ingresos, si la propiedad vuelve al constituyente, quién es el fiduciario y qué poderes conserva el constituyente.
6AgruparClásifíquelos en 6 categorías: plazo de confianza, beneficiarios de los ingresos, intereses de reversión, facultades sobre quién se beneficia, facultades administrativas y facultades para revocar.
3DestilarReduzca las 6 categorías a 3 grupos: características que eran importantes bajo la regla de 10 años anterior a 1986, características que son importantes según las normas actuales sobre fideicomisos del otorgante, y características sobre las cuales no está seguro.
1CristalizarEscribe una oración explicando, con tus propias palabras, por qué el Congreso sustituyó la prueba de 10 años por una prueba de reversión del 5 % en 1986.

Verificación de hechos

Fechas, cifras y afirmaciones verificadas con las fuentes publicadas que se enumeran a continuación.

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