Derecho cripto/Nivel II · Impuestos: la primera trampa/2.3 Registros y declaraciones/Lección 1
Base de costo y selección de lotes
Lo que pagaste determina tu ganancia gravable, y qué unidades se consideran vendidas depende de reglas que cambiaron para los titulares de EE. UU. el 1 de enero de 2025.
Esto es educación, no asesoramiento legal, fiscal ni de inversión. El derecho cripto varía entre países y estados, y cambia con frecuencia. Antes de actuar, verifica las normas vigentes donde vives con un abogado o asesor fiscal calificado.
La vía ligera
La ruta más barata, con menos impuestos, más sencilla y más privada que permite la ley, de mejor a peor. Cada paso indica la norma en que se apoya y la condición que la mantiene dentro de la ley.
- La identificación específica te permite vender primero los lotes de mayor costo y reducir la ganancia (FAQ 39 del IRS); identifica las unidades a más tardar en la venta, billetera por billetera según Treas. Reg. §1.1012-1(j), con registros que cumplan la FAQ 40.
- En un corredor, una orden permanente como la de base más alta primero puede encargarse de identificar; la Notice 2025-7 permitió que las identificaciones de 2025 quedaran en tus propios libros, así que comprueba si ese alivio continúa antes de apoyarte en él.
- Incluye toda tarifa y comisión de adquisición en la base (FAQ 8 del IRS) y resta las tarifas de venta conforme a Treas. Reg. §1.1001-7; las exportaciones CSV gratuitas de las plataformas de intercambio suelen traer ambas cifras.
- Prefiere lotes mantenidos más de un año: califican para el tramo de largo plazo del 0 % de 2026 hasta 49.450 dólares de ingreso gravable para solteros o 98.900 para declaración conjunta según la Rev. Proc. 2025-32.
- La Rev. Proc. 2024-28 permitió una asignación irrevocable de la base no utilizada a cada billetera al 1 de enero de 2025; la asignación que hayas hecho obliga en las ventas posteriores, así que guárdala con tus registros.
MaterialesLas preguntas frecuentes del IRS sobre transacciones con moneda virtual (FAQs 8, 39-41) en irs.govLa Rev. Proc. 2024-28 y la Notice 2025-7, la guía de transición del IRS sobre la base y la identificación de lotesUna exportación completa del historial de operaciones (CSV) de cada cuenta de plataforma de intercambio y una vista de explorador de bloques de cada billetera de autocustodia que uses
Curiosidad
- Si compré la misma moneda a cinco precios diferentes, ¿qué compra acabo de vender?
- ¿Puedo elegir el lote más caro para que mi ganancia sea menor?
- ¿Qué cambió en 2025 cuando el IRS pasó a una contabilidad billetera por billetera?
Explorar
- En el impuesto federal de EE. UU., la ganancia o pérdida por criptomonedas es el monto que recibes menos tu base. La base, a menudo llamada base de costo, es lo que pagaste por adquirir el activo en dólares estadounidenses, incluidas tarifas, comisiones y otros costos de adquisición (FAQ 8 del IRS sobre moneda virtual). Si recibiste criptomonedas como pago o recompensa, tu base suele ser el valor justo de mercado que declaraste como ingreso al recibirlas (lecciones 2.2.1 a 2.2.4). Como las criptomonedas son propiedad a efectos fiscales de EE. UU. (lección 2.1.1), toda venta, intercambio o compra con criptomonedas necesita una cifra de base. Sin ella, nada en la declaración puede demostrar que todo el monto recibido no fue ganancia.
- La mayoría de los titulares compran la misma moneda muchas veces a precios distintos. Cada compra es un lote separado, con su propia base y su propia fecha de adquisición. Cuando vendes solo una parte de tus tenencias, la ley necesita una regla para saber qué lotes salieron. La FAQ 39 del IRS dice que puedes elegir qué unidades se consideran vendidas si puedes identificarlas específicamente y acreditar su base. La FAQ 41 da la regla por defecto: si no identificas las unidades, se consideran vendidas según primero en entrar, primero en salir (FIFO), es decir, salen primero las unidades más antiguas que adquiriste. Elegir un lote de base alta puede reducir una ganancia; el FIFO en un mercado al alza suele aumentarla.
- La identificación específica requiere pruebas. Según la FAQ 40, puedes identificar unidades mediante un identificador único o mediante registros de las unidades mantenidas en una sola cuenta, billetera o dirección que muestren cuándo se adquirió cada unidad, su base y valor en la adquisición, cuándo se dispuso de ella y su valor y los ingresos en la disposición. Una elección hecha después de terminar el año, cuando ya sabes qué respuesta ahorra impuestos, no es identificación específica. Según las reglas que se aplican desde 2025, la identificación debe hacerse a más tardar en la fecha y hora de la venta, por eso el mantenimiento de registros (lección 2.3.7) es la columna vertebral de la selección de lotes.
- El 9 de julio de 2024 el Tesoro publicó el reglamento final para corredores, T.D. 10000. Una parte, Treas. Reg. §1.1012-1(j), se aplica a las adquisiciones y disposiciones de activos digitales a partir del 1 de enero de 2025. Aplica las reglas de identificación y FIFO a las unidades mantenidas dentro de una misma billetera o cuenta, y no a todo lo que posee una persona. Así, la base de una moneda vendida desde una cuenta de plataforma de intercambio debe provenir de unidades de esa cuenta, y una venta desde una billetera de autocustodia usa lotes de esa billetera. Muchas personas habían usado antes un enfoque universal, juntando todas sus billeteras; ese enfoque ya no sirve para disposiciones desde 2025.
- Para facilitar el cambio, la Rev. Proc. 2024-28 dio un puerto seguro (safe harbor) para asignar la base no utilizada a las unidades que realmente estaban en cada billetera o cuenta al 1 de enero de 2025. Los titulares podían hacer una asignación específica de lotes concretos o una asignación global basada en reglas, y toda asignación es irrevocable. Para las unidades en poder de un corredor, el reglamento permite identificar lotes mediante instrucción al corredor, incluida una orden permanente. Como muchos corredores carecían de los sistemas, la Notice 2025-7 permitió a los titulares anotar su identificación u orden permanente en sus propios libros y registros para las ventas de 2025. Comprueba si el IRS ha prorrogado o reemplazado ese alivio antes de apoyarte en él más adelante.
- Una comprobación práctica: para una moneda, enumera cada lote que tienes hoy por billetera o cuenta de plataforma de intercambio, con fecha, cantidad y costo en dólares incluidas las comisiones. Luego compara esa lista con la base que muestra tu plataforma. Son comunes los desajustes cuando las monedas se movieron desde otra billetera, porque la plataforma receptora a menudo no sabe cuánto costaron (lección 2.1.6). Esta lección explica las reglas; no recomienda un método de lotes ni una operación. Qué método reduce el impuesto depende de los precios, de los períodos de tenencia (lección 2.3.2) y de tus otros ingresos, y un asesor fiscal calificado puede revisar los hechos.
Datos clave
- La FAQ 8 del IRS define la base de la moneda virtual como el monto gastado para adquirirla, incluidas tarifas, comisiones y otros costos de adquisición en dólares estadounidenses.
- Si las unidades no se identifican específicamente, la FAQ 41 del IRS las trata como dispuestas según primero en entrar, primero en salir (FIFO).
- El Treas. Reg. §1.1012-1(j), de la T.D. 10000 publicada el 9 de julio de 2024, se aplica a las adquisiciones y disposiciones de activos digitales a partir del 1 de enero de 2025.
- Desde 2025, las reglas de identificación y FIFO se aplican billetera por billetera o cuenta por cuenta, y no a todas las tenencias de una persona.
- La Rev. Proc. 2024-28 permite a los contribuyentes hacer una asignación razonable e irrevocable de la base no utilizada a las unidades de cada billetera o cuenta al 1 de enero de 2025.
- La Notice 2025-7 permitió a los contribuyentes identificar las unidades en poder de un corredor, o anotar una orden permanente, en sus propios libros y registros para las ventas del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025.
Ejercicio nueve, seis, tres, uno
Verificación de hechos
Fechas, cifras y afirmaciones verificadas con las fuentes publicadas que se enumeran a continuación.