Derecho cripto/Nivel III · Tokens y derecho de valores/3.1 La prueba de Howey/Lección 3
Una empresa común
El segundo elemento de Howey, las tres maneras en competencia en que los tribunales de EE. UU. lo evalúan y por qué los ingresos de ventas agrupados y un único token fungible suelen cumplirlo.
Esto es educación, no asesoramiento legal, fiscal ni de inversión. El derecho cripto varía entre países y estados, y cambia con frecuencia. Antes de actuar, verifica las normas vigentes donde vives con un abogado o asesor fiscal calificado.
La vía ligera
La ruta más barata, con menos impuestos, más sencilla y más privada que permite la ley, de mejor a peor. Cada paso indica la norma en que se apoya y la condición que la mantiene dentro de la ley.
- Estructura de menor exposición: evita agrupar el dinero de los compradores en una sola tesorería que financie un proyecto compartido; sin agrupación ni ganancia a prorrata, falla la comunidad horizontal, como en Revak v. SEC Realty Corp. (2d Cir. 1994). La condición: los tokens fungibles financiados con una venta agrupada suelen cumplir este elemento.
- Vender un producto terminado o artículos individuales, con el resultado de cada comprador independiente del de los demás, es la forma más limpia de desactivar la empresa común; la interpretación de la SEC de marzo de 2026 confirma que el elemento se exige, pero los tribunales de distintos circuitos aplican pruebas de comunidad diferentes.
- No te apoyes solo en este elemento; la mayoría de las disputas sobre tokens se deciden en el tercer elemento, las promesas del emisor (lección 3.1.4). Rastrea y registra adónde van los ingresos y qué ley de qué circuito se aplicaría, un trabajo gratuito que muestra con qué facilidad un tribunal podría hallar comunidad.
MaterialesRevak v. SEC Realty Corp., 18 F.3d 81 (2d Cir. 1994), que establece la comunidad horizontal y vertical (horizontal and vertical commonality)La opinión del 13 de julio de 2023 en SEC v. Ripple Labs, parte sobre empresa comúnComunicado de la SEC N.º 33-11412 (17 de marzo de 2026), nota al pie 7 sobre si se requiere una empresa comúnLas declaraciones de tesorería o los términos de venta de un proyecto que muestran adónde fueron los ingresos de la venta
Curiosidad
- ¿Qué hace que los compradores formen parte de una empresa “común”?
- ¿Usan todos los tribunales de EE. UU. la misma prueba?
- ¿Un token crea automáticamente una empresa común porque todos poseen la misma moneda?
Explorar
- El segundo elemento de Howey pregunta si el dinero se invirtió “en una empresa común” (lección 3.1.1). La Corte Suprema nunca definió esta expresión, por lo que los tribunales federales de apelaciones desarrollaron sus propios criterios, y estos difieren entre sí. Un “circuito” (circuit) es uno de los tribunales federales regionales de apelaciones; sus decisiones son vinculantes para los tribunales de primera instancia de su región. Por lo tanto, el criterio aplicable puede depender del lugar donde se presente un caso. El resumen más importante de estos enfoques es la decisión del Segundo Circuito en el caso Revak v. SEC Realty Corp., dictada el 23 de febrero de 1994, relativa a unidades de condominio vendidas a inversores de Nueva York.
- El primer enfoque es la comunidad horizontal: “la vinculación de las fortunas de cada inversor individual con las fortunas de los demás inversores mediante la agrupación de activos, generalmente combinada con una distribución a prorrata de las ganancias”. A prorrata (pro-rata) significa en proporción a la participación de cada persona. El Segundo Circuito lo aplica, y el Primer Circuito lo describió en SEC v. SG Ltd. (2001) como “la agrupación de activos de múltiples inversores para que todos compartan las ganancias y los riesgos de la empresa”. En el caso Revak, los compradores de condominios no agruparon sus unidades ni sus ganancias, por lo que el tribunal no encontró ninguna empresa común.
- El segundo enfoque es la comunidad vertical, que vincula a los inversores con el promotor y no entre sí. Revak describe dos tipos: la “comunidad vertical amplia” solo exige que la fortuna de los inversores dependa de los esfuerzos del promotor, citando un caso del Quinto Circuito de 1989; la “comunidad vertical estricta”, por su parte, requiere que la fortuna de los inversores esté vinculada a la fortuna del propio promotor, citando el caso Brodt v. Bache & Co. del Noveno Circuito (1978). Revak rechazó la versión amplia, porque la fusiona con el tercer elemento (lección 3.1.4), y dejó sin decidir la versión estricta. El tribunal de Ripple señaló en 2023 que el Segundo Circuito aún no había abordado este tema.
- Algunas declaraciones de la SEC, incluida una opinión de la Comisión de 2004 en el caso In re Barkate, podrían leerse en el sentido de que este elemento no se exige. La interpretación de la SEC de marzo de 2026 rechaza esa lectura. Citando los casos SEC v. Barry (9.º Cir. 2025) y SEC v. Scoville (10.º Cir. 2019), se establece que debe cumplirse el elemento de empresa común. En los casos de tokens, por lo general se cumple. En Telegram, los compradores poseían “un instrumento idéntico, cuyo valor dependía por completo del éxito o fracaso de la blockchain TON”. En Kik, el tribunal señaló que el éxito del ecosistema impulsaba la demanda de Kin y, por lo tanto, determinaba las ganancias de los inversores.
- En SEC v. Ripple Labs (13 de julio de 2023), el tribunal determinó la existencia de una comunidad horizontal en las ventas directas que realizaba Ripple a entidades institucionales. Ripple reunió los ingresos en cuentas bancarias que controlaba, no separó ni gestionó por separado los fondos de los inversores, y utilizó ese dinero para financiar sus operaciones. Cada comprador recibía el mismo XRP fungible; por lo tanto, cuando el precio subía, todos se beneficiaban en proporción a sus participaciones. El tribunal limitó esa conclusión a Ripple y sus compradores institucionales, y expresamente no decidió si esta situación se extendía a todos los demás titulares de XRP o al “ecosistema XRP” en su conjunto. Esas limitaciones son relevantes para la negociación en el mercado secundario (lección 3.1.7).
- Para quienes construyen proyectos, la lección es que los tokens fungibles vendidos para financiar un proyecto compartido rara vez escapan a este elemento; la mayoría de las disputas se ganan o se pierden en el tercero. Una comprobación práctica: rastrea adónde van los ingresos de la venta. ¿Se agrupan en una sola tesorería o se mantienen separados por comprador? ¿Todos los titulares poseen la misma unidad cuyo precio depende de un solo proyecto? ¿Hay alguna promesa de compartir ingresos a prorrata? Luego anota qué ley de qué circuito probablemente se aplicaría. Las respuestas no resuelven la cuestión por sí solas, pero muestran qué prueba de comunidad podría usar un tribunal y con qué facilidad se cumpliría.
Datos clave
- Revak v. SEC Realty Corp., 18 F.3d 81, fue resuelto por el Segundo Circuito el 23 de febrero de 1994.
- Revak define la comunidad horizontal como el vínculo entre la suerte de cada inversor y la de los demás mediante la agrupación de activos, por lo general con una distribución a prorrata de las ganancias.
- Revak sostuvo que la comunidad vertical amplia no satisface el requisito de empresa común de Howey y dejó sin decidir la comunidad vertical estricta.
- La comunidad vertical estricta, que vincula la fortuna de los inversores con la del promotor, se asocia con Brodt v. Bache & Co. (1978), del Noveno Circuito.
- La interpretación de la SEC de marzo de 2026 establece que debe cumplirse el elemento de empresa común, apartándose de cualquier lectura contraria de In re Barkate (2004).
- En SEC v. Ripple Labs, el tribunal encontró comunidad horizontal en las ventas institucionales, pero no decidió si la empresa se extendía a otros titulares de XRP.
Ejercicio nueve, seis, tres, uno
Verificación de hechos
Fechas, cifras y afirmaciones verificadas con las fuentes publicadas que se enumeran a continuación.
- Revak v. SEC Realty Corp., 18 F.3d 81 (2d Cir. 1994) (Public.Resource.Org)
- SEC v. Ripple Labs, Inc., No. 20 Civ. 10832 (S.D.N.Y. July 13, 2023), opinion and order on summary judgment
- SEC Release No. 33-11412, Application of the Federal Securities Laws to Certain Types of Crypto Assets and Certain Transactions Involving Crypto Assets (March 17, 2026)
- SEC v. W.J. Howey Co., 328 U.S. 293 (1946), full text (Legal Information Institute)
- SEC press release 2026-30: SEC Clarifies the Application of Federal Securities Laws to Crypto Assets